Detalles, Ficción y 2025 de 2015
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La extraordinaria y urgente indigencia del título II, esto es, de las ayudas al transporte de viajeros y medidas asociadas (Positivo Decreto-condición 8/2023, de 27 de diciembre) y del nuevo modelo de ayudas propuesto en el presente Vivo decreto-ley, deriva de la carencia de prolongar la aplicación de los descuentos, para ayudar la reducción del precio que los usuarios pagan por los abonos y títulos multiviaje en los servicios de transporte colectivo urbano e interurbano, de forma que se garantice la movilidad cotidiana de nuestros ciudadanos en una situación extraordinaria, derivada del gran incremento en el coste de vida conveniente a la inflación y el situación geopolítico internacional. Por otro flanco, resultan de extraordinaria y urgente falta, trágicamente avalada por los recientes sucesos derivados del cambio climático, el resto de las actuaciones previstas en este Efectivo decreto-ralea, tendentes a un cambio modal en la movilidad en torno a otros modos de transporte más sostenibles, que ayuden a disminuir nuestra dependencia energética y nuestra huella de carbono y contribuyan a alcanzar los objetivos marcados en el Plan Integrado de Energía y Clima (PNIEC) en materia de trasvase modal y descarbonización.
1. Los importes que perciban las entidades locales con cargo a los créditos presupuestarios que se autorizan deberán destinarse exclusivamente a financiar la prestación del servicio manifiesto de préstamo de bicicletas y, en todo caso, a compensar en el plazo de dos meses desde la recibimiento de las ayudas, a las entidades y operadores de transporte que realicen los descuentos efectivos por la merma de ingresos que ha supuesto la implantación de la medida.
Inicio: Normatividad en seguridad y Salubridad en el trabajo que debe aparecer en un matriz de requisitos legales actualizada en el año 2025.
c) Suscribir por arrendador y arrendatario el compromiso relativo al aval al arrendamiento, con arreglo al modelo aprobado por la Administración.
La persistencia del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania propició que se adoptara un segundo paquete de medidas, por medio del Efectivo Decreto-condición 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para objetar a las consecuencias económicas y sociales de la conflagración en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.
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En los expedientes de regulación temporal de empleo vinculados a la situación de fuerza mayor temporal en el supuesto de empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias, afectadas por la erupción volcánica registrada en la Isla de La Palma en la zona de Cumbre Vieja, prorrogados hasta el 30 de junio de 2025, las empresas podrán acogerse, siempre y cuando concurran las condiciones y requisitos incluidos en la disposición adicional cuadragésima cuarta del texto refundido de la Clase General de la Seguridad Social, aprobado por el Existente Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, a una exención del 100 por ciento en la cotización a la Seguridad Social sobre la aporte empresarial por contingencias comunes y por conceptos de recaudación conjunta, 2025 de 2015 cuyo devengo se produzca en los meses de enero a junio de 2025, respecto de las personas trabajadoras cuya actividad laboral se viniese desarrollando, hasta el inicio de la situación de fuerza longevo temporal, en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla.
5. El incumplimiento total o parcial del objetivo o la no prohijamiento del comportamiento que fundamenta la concesión de las ayudas, atinaría lugar a su reintegro en los siguientes términos:
Reducción del peligro: Identifica y evalúa los riesgos asociados a la normatividad, permitiendo a las empresas tomar medidas para mitigarlos.
1.Los posibles beneficiarios que deseen entrar a las ayudas acudirán su solicitud en la Sede Electrónica del Empleo de Transportes y Movilidad Sostenible, mediante el formulario que a tal finalidad estará acondicionado en la mencionada Sede Electrónica.
6. El trabajador autónomo, durante el tiempo que esté percibiendo la prestación, deberá permanecer en entrada en el régimen de Seguridad Social correspondiente e ingresar en la Administración General de la Seguridad Social la totalidad de las cotizaciones aplicando los tipos vigentes a la base de cotización correspondiente. La mutua colaboradora o, en su caso, el Instituto Social de la Óleo abonará al trabajador autónomo, contiguo con la prestación por cese en la actividad, el cuantía de las cotizaciones por contingencias comunes que le hubiera correspondido ingresar de encontrarse el trabajador autónomo sin desarrollar actividad alguna, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 329 del texto refundido de la Condición General de la Seguridad Social.
3. Para que opere la suspensión a que se refiere el apartado inicial, quien habite la vivienda sin título habrá de ser persona dependiente de conformidad con lo dispuesto en el apartado dos del artículo 2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, víctima de violencia sobre la mujer o tener a su cargo, conviviendo en la misma vivienda, alguna persona dependiente o pequeño de antigüedad.
Por su parte, la disposición adicional tercera, de extensión de medidas de apoyo agrario por la DANA en la provincia de Valencia, reúne incluso las notas de extraordinaria y urgente indigencia. Una momento transcurrido un cierto tiempo desde el impacto primitivo de la DANA y disponiéndose no obstante de una información más precisa y certera sobre la magnitud de los daños ocasionados por la misma, se ha podido comprobar la existencia de parcelas o explotaciones agrarias que se han conocido gravemente afectadas por aquella y que sin bloqueo no se encuentran en los términos municipales del ámbito de aplicación previsto en el Efectivo Decreto-índole 7/2024, de 11 de noviembre, sino en otros próximos, en su veteranoía limítrofes.